Prestaciones dietas y desplazamientos
Preguntas frecuentes sobre las prestaciones de dietas y desplazamientos fuera de Cantabria por motivo asistencial
¿Quién puede solicitar esta prestación en Cantabria?
Los usuarios con tarjeta sanitaria del Servicio Cántabro de Salud que hayan soportado un gasto por traslado con fines asistenciales fuera de Cantabria bajo prescripción facultativa y autorización previa de la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.
Está excluido el reintegro de los gastos generados por desplazamiento y manutención como consecuencia de la inclusión en ensayos clínicos, al estar el promotor del ensayo obligado al pago de estos gastos.
¿Qué documentación tiene que presentar el paciente para el reintegro de gastos?
- Solicitud de reintegro de gastos en el modelo normalizado, firmado por el usuario o su representante legal debidamente acreditado.
- Copia de la tarjeta sanitaria del paciente o autorizar su consulta en la solicitud.
- Copia DNI/NIF/CIF del paciente o autorizar su consulta en la solicitud.
- Si el paciente no es el solicitante:
- Copia DNI/NIF/CIF del solicitante.
- Documento que acredite la vinculación entre el solicitante y el paciente.
- Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la Entidad Financiera, cuya autenticidad pueda ser comprobada digitalmente.
- Facturas, billetes y/o o tickets justificativos originales de los gastos de transporte, alojamiento y alimentación efectuados, que cumplan los requisitos legales. Si el desplazamiento se realiza en coche particular no precisa presentar justificantes del desplazamiento.
- Justificante original de estancia en el centro sanitario que indique los días de ingreso o consulta.
En una única solicitud, podrá incorporar la documentación relativa a distintos desplazamientos que cumplan el plazo de presentación.
¿Dónde presentar la documentación?
- En todos los registros del Servicio Cántabro de Salud.
- En las dependencias de la Inspección Médica.
- Otras formas previstas en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
¿Plazo de presentación?
El plazo de presentación de solicitudes, será de doce meses a contar desde la fecha del desplazamiento.
¿Quién resuelve?
La tramitación y resolución de las solicitudes de reintegro de gastos corresponde a la Gerencia del Servicio Cántabro de Salud a través de la Subdirección de Asistencia Sanitaria.
¿Cuál es el sistema de pago?
El abono lo realizará la Tesorería General del Gobierno de Cantabria mediante transferencia bancaria a la cuenta reseñada en la solicitud de reintegro.
El importe a reembolsar será:
Tipos de desplazamientos |
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Medios ordinarios |
Vehículo Particular: 0,20 €/Km |
Autobús: Billete línea regular |
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Tren: Billete de 2ª clase |
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Medios extraordinarios Sólo aplicable para las Órdenes de asistencia |
Avión: clase turista. Este es el único caso en el que el sí se abona el taxi del al aeropuerto al centro sanitario y retorno. Es necesario el informe del médico que justifique la necesidad clínica de este medio extraordinario frente a los medios ordinarios. |
Tipos de alojamiento y manutención |
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Asistencia en régimen ambulatorio, sin hospitalización |
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Si pernocta |
Alojamiento : hasta 70 euros por persona y día Manutención: hasta 30 euros por persona y día |
Si no pernocta |
Manutención hasta 15 euros por persona y día |
Asistencia con hospitalización |
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Se reintegra por el acompañante |
Alojamiento : hasta 70 euros por persona y día Manutención: hasta 30 euros por persona y día |
Existe un tope de gasto máximo mensual: 1400 € por persona |
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Excepciones y particularidades: Algunos hospitales concertados incluyen el alojamiento y la manutención del acompañante en función de las cláusulas previstas en el concierto. Los gastos derivados de la participación en ensayos clínicos no son susceptibles de reintegro por el SCS. |
¿Dónde puede informarse en caso de dudas?
En los Servicios de Atención al Usuario, tanto de Atención Primaria como de Atención Especializada, de cualquier centro asistencial del Servicio Cántabro de Salud.